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Derecho de daños

Las obligaciones se derivan no sólo de los contratos, sino que nacen también como consecuencia de ciertos actos y omisiones ilícitos, o en que intervenga cualquier tipo de culpa o negligencia. Conforme a ello, cualquier acto ilícito que ocasione o depare un daño cualquiera a otro sujeto de Derecho, debe conllevar el nacimiento de la consiguiente obligación de reparar o indemnizar dicha afectación. La reparación debe cubrir todo el daño, pero solo el daño. En ese sentido, ARTEAGA & ASSOCIATES S.A.S., cuenta con profesionales calificados para proponer y/o responder frente a demandas de responsabilidad civil médica, responsabilidad ambiental, responsabilidad por hechos propios o ajenos y responsabilidad de los constructores, entre otros.
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