Derecho de daños
Las obligaciones se derivan no sólo de los contratos, sino que nacen también como
consecuencia de ciertos actos y omisiones ilícitos, o en que intervenga cualquier
tipo de culpa o negligencia. Conforme a ello, cualquier acto ilícito que ocasione o
depare un daño cualquiera a otro sujeto de Derecho, debe conllevar el nacimiento de la consiguiente obligación de reparar o indemnizar dicha afectación. La
reparación debe cubrir todo el daño, pero solo el daño.
En ese sentido, ARTEAGA & ASSOCIATES S.A.S., cuenta con profesionales calificados para proponer y/o responder frente a demandas de responsabilidad civil médica, responsabilidad ambiental, responsabilidad por hechos propios o ajenos y responsabilidad de los constructores, entre otros.